¡Finalmente! Tras una larga y agotadora espera de varios meses, la Unión Europea ha dado luz verde a las solicitudes de modificación realizadas por el Ministerio de Agricultura y Soberanía Forestal y Alimentaria en relación con el Decreto de modernización de almazaras -100 millones de euros los recursos apropiado – permitiendo así que el Dicasterio mismo emita el nuevo Decreto que contiene el ajuste de la intensidad de las ayudas.
Se confirma la subida de tarifas: las Regiones y las Provincias autónomas, al emitir sus respectivos avisos, podrán prever hasta 65 % de ayuda pública sobre los costes subvencionables, llegando a80% para inversiones de jóvenes agricultores.
Aquí, sin embargo, y obviamente es la parte más interesante, está el nuevo calendario establecido por el Decreto:
• antes del 31 de octubre de 2023 – Publicación de avisos regionales;
• dentro del 15 enero 2024 – Fecha límite para la adquisición de solicitudes de apoyo;
• dentro del 30 abril 2024 – Selección de solicitudes elegibles y formación de la clasificación (lista de proyectos elegibles) y comunicación a los beneficiarios con indicación de las condiciones para financiar e implementar la iniciativa;
• antes del 10 de mayo de 2024 – Transmisión al Ministerio de Agricultura, por las Regiones y Provincias Autónomas, del resultado de la selección de solicitudes y de la formación del ranking con indicación de las cantidades que excedan de las necesarias para el pago de todos los beneficiarios admitidos, a los efectos de la posterior reasignación de recursos por parte de la Secretaría, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 1) de la fracción I;
• antes del 20 de mayo de 2024 – Reasignación por la Secretaría de los recursos excedentes a que se refiere el inciso anterior, de conformidad con lo dispuesto en los incisos 2) y 3) de la fracción I;
• dentro del 31 enero 2026 – Finalización de las inversiones y presentación de la solicitud de pago del saldo por parte de los beneficiarios;
• antes del 31 de mayo de 2026 – Pago de la contribución final a todos los beneficiarios.
El nuevo Decreto establece que las Regiones y Provincias autónomas publicarán en sus respectivos sitios web institucionales la siguiente información:
- el texto íntegro del régimen de ayudas y sus disposiciones de aplicación o la base jurídica de las ayudas individuales, o un enlace que dé acceso al mismo;
- el nombre de la autoridad o autoridades otorgantes;
- el nombre de los beneficiarios individuales, la forma y el importe de la ayuda concedida a cada beneficiario, la fecha de concesión, el tipo de empresa (PYME/gran empresa), la región en la que se encuentra el beneficiario y el principal sector económico en el que se encuentra beneficiario lleva a cabo sus actividades.
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